En una custodia compartida, ¿Quién se queda la casa?

En caso de divorcio o separación matrimonial, puedes contar con la ayuda de un despacho de abogados Palma de Mayorca. En estas situaciones los cónyuges comparten la custodia legal de los hijos en igualdad de condiciones y deberes, sin embargo, siempre surge la mayor controversia en materia de custodia compartida ¿quién se queda con la casa? El código civil no contempla ninguna disposición en el caso de custodia compartida.

Atribución de vivienda en caso de custodia exclusiva

La custodia exclusiva tiene lugar sí solo uno de los progenitores ha sido adjudicado con la custodia del menor o de los menores. En este caso según el artículo 96 del Código Civil “el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden”. Esta disposición existe como forma de protección de los hijos menores.

Atribución de vivienda en caso de custodia compartida

En el caso de custodia compartida, el párrafo segundo del Artículo 96 del código civil establece “Cuando alguno de los hijos quede en la compañía de uno y los restantes en la del otro, el Juez resolverá lo procedente”. En otras palabras, el juez debe ponderar las circunstancias existentes, mediante una forma que permitirá una mayor facilidad y flexibilidad a los progenitores y a su vez evitando de esta forma privar al titular de la vivienda de sus derechos. Es importante destacar que en el caso de custodia compartida no existe una vivienda familiar sino dos.