Incumplimiento del régimen de visitas

Cuando existe un procedimiento de divorcio y hay hijos menores de por medio, la sentencia tiene que regular, entre otras medidas, las visitas de estos con el progenitor que no tiene la custodia. Dichas medidas se deben cumplir estrictamente siempre que no exista un acuerdo al respecto entre los dos progenitores. En cualquiera de los bufetes de abogados en Mallorca podrán asesorarle sobre cuáles son las más adecuadas para toda la familia.

Ejecución del régimen de visitas

Hay ciertas ocasiones en las que uno de los progenitores incumple el régimen de visitas que se ha establecido en la sentencia. Las causas pueden ser muy variadas, pero para que dicho incumplimiento pueda tener relevancia, es necesario que se reitere en el tiempo y que no se trate de algo puntual.

Si es algo reiterado, el progenitor que sí está cumpliendo con lo que recoge la sentencia puede instar una ejecución de título judicial en el juzgado para que el incumplidor cumpla con lo establecido. La Ley de Enjuiciamiento Civil da poder al tribunal o al juez para que interponga la multa coercitiva que considere al ejecutado.

Además, una vez que el incumplir ha sido apercibido por el juez y continua sin cumplir con sus obligaciones, puede provocar un delito de desobediencia regulado en el Código Penal. No hay que olvidar, que un incumplimiento reiterado del régimen de las visitas puede dar lugar a que se modifiquen las medidas de guarda y custodia que se acordaron en su día en la sentencia.