Cártel de coches


Si compró un coche entre 2006 y 2013 puede recuperar entre el 10 y el 15% del precio que pagó por él.

¿Qué es el cártel de coches?

El Tribunal Supremo está ratificando las multas que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso en 2015 a 34 marcas de coches por haber creado un cártel. Habían intercambiado información confidencial para controlar el mercado de la distribución y venta, lo que va en contra de la competencia. Los fabricantes implicados suponen, aproximadamente, el 91% de la cuota del mercado de automoción.

¿Quiénes son los afectados?

Los que adquirieron un vehículo, ya sea por compra, leasing o renting entre los años 2006 y 2013, de cualquiera de las marcas que formaron el cártel. No solo afecta a particulares sino a autónomos y empresas también.

Las marcas son:

Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroen, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mazda, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota, Volvo.

¿Qué se podría reclamar?

Se reclama judicialmente el sobrecoste sufrido por el comprador. La demanda debe ir acompañada de un informe pericial, que cuantificará el sobrecoste sufrido y por tanto el importe a reclamar. La demanda ha de presentarse en el Juzgado de lo Mercantil.

El sobrecoste dependerá del vehículo y el modelo comprado. Se estima que las indemnizaciones pueden alcanzar entre un 10% y un 15% del precio del vehículo adquirido.

El plazo de prescripción es de un año según lo previsto en el artículo 1.968 del Código Civil, que comienza a contar desde la sentencia del Tribunal Supremo.  

Documentación necesaria

Para iniciar la reclamación y pedir la indemnización se ha de aportar la siguiente documentación:

  • Factura de compra (o justificantes de transferencia y/o pago o documentación de la financiación)
  • Ficha técnica del vehículo
  • Permiso de circulación del vehículo.